Santiago, Chile – La Corte Suprema de Chile, a través de su tercera sala conformada por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus y Dobra Lusic, ha rechazado las casaciones presentadas por la ONG Oceana, que buscaban invalidar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Puerto Cruz Grande, propiedad de la Compañía Minera del Pacífico (CMP).
Después de un extenso proceso de más de un año, la Corte Suprema refutó los recursos de nulidad presentados por Oceana, los cuales argumentaban que la iniciativa de CMP no había iniciado sus obras en el período establecido por la RCA. El tribunal subrayó que la caducidad de la RCA es una sanción para el titular que no inicia los trabajos dentro de los cinco años desde la notificación del acto aprobatorio. Además, enfatizó la necesidad de considerar la posibilidad del interesado de llevar a cabo las gestiones necesarias para materializar el proyecto.
El dictamen de la tercera sala coincide con la decisión previa del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, respaldando la posición de la CMP al demostrar el inicio efectivo de las obras. La sentencia también aclara que cualquier incumplimiento de las medidas ambientales impuestas podría derivar en un proceso sancionatorio, competencia de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), pero distinto a la caducidad de la RCA.
En una medida adicional, la Corte Suprema no solo falló en contra de Oceana, sino que también le impuso el costo del proceso legal, incluyendo los gastos asociados al litigio.
Consultado sobre el dictamen, el gerente general de CMP, Francisco Carvajal, declaró que respetan la decisión de la Corte Suprema y confirmó que el proyecto Puerto Cruz Grande se encuentra actualmente en la etapa de desarrollo de ingeniería para su futura operación.
Según el Estudio de Evaluación Ambiental (EIA), el proyecto Puerto Cruz Grande, ubicado en la costa norte de la Región de Coquimbo, consiste en una instalación portuaria con capacidad para atender naves de hasta 300,000 DWT. Su propósito inicial es ofrecer servicios de recepción, acopio y embarque de graneles minerales necesarios para la CMP. La decisión de la Corte Suprema respalda la continuación de este proyecto de infraestructura portuaria.